CDT: Tratamiento a largo plazo y
tratamiento del cáncer avanzado
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82. Si se detecta enfermedad irresecable persistente después de una
dosis empírica de yodo radiactivo, y existe evidencia objetiva de
reducción significativa del tumor, entonces se debe considerar
repetir el tratamiento con yodo radiactivo hasta que se haya
erradicado el tumor o que ya no responda al tratamiento. Se debe
sopesar el riesgo de repetir las dosis terapéuticas de yodo radiactivo
y los beneficios inciertos a largo plazo. (RD-B)
83. La evidencia es insuficiente para recomendar o no el uso habitual de
medidas para evitar el daño de las glándulas salivales después del
tratamiento con yodo radiactivo. (SR-B)
84. Los pacientes con xerostomía tienen mayor riesgo de caries dental
y deben analizar las estrategias de prevención con su odontólogo/
profesional de la salud bucal. (RD-B)
85. Se deben considerar la corrección quirúrgica para la obstrucción del
conducto nasolagrimal, la que se presenta como lagrimeo excesivo
(epífora) pero también predispone a infecciones. (RF-B)
86. Aunque se debe orientar a los pacientes sobre los riesgos de la
segunda malignidad primaria (SMP) con el tratamiento con yodo
radiactivo por CDT, el aumento absoluto del riesgo de desarrollar
segunda malignidad primaria atribuible al tratamiento con yodo
radiactivo se considera pequeño y no amerita un examen específico
de mayor alcance para la SMP del que se emplea para la población
general acorde a la edad (RD-B).
87. Los pacientes que reciben dosis terapéuticas de yodo radiactivo se
deben realizar un hemograma completo y una evaluación de la función
renal iniciales. (RD-B)
88. Las mujeres en edad fértil que reciben tratamiento con yodo
radiactivo deben tener una prueba de embarazo negativa antes de
la administración de yodo radiactivo y deben evitar el embarazo
durante 6-12 meses después de recibir yodo radiactivo. (RF-B)
89. El yodo radiactivo no se le debe administrar a mujeres en período de
lactancia. En función de la situación clínica, el tratamiento con yodo
radiactivo se debe posponer hasta que la mujer lactante haya dejado
de amamantar o de extraerse leche durante al menos 3 meses. Se
debe considerar una exploración diagnóstica con
123
I o dosis baja
de
131
I en mujeres con lactancia reciente para detectar la captación
mamaria que podría ameritar la postergación del tratamiento. (RF-B)
90. A los hombres que reciben dosis acumuladas de yodo radiactivo
>400 mCi se los debe orientar sobre el riesgo potencial de
infertilidad. (RF-M)